A través de un manifiesto dirigido a la Comisión Bicameral del Congreso, artistas e investigadores argumentan que la despenalización en circunstancias extremas es un asunto de dignidad humana y salud pública.
GT DIGITAL NEWS, Santo Domingo. Un representativo colectivo de la comunidad artística y cultural dominicana ha dado un paso al frente en el debate legislativo más sensible del país. En una carta formal entregada a la Comisión Bicameral que estudia las modificaciones a la Ley núm. 74-25, actrices, curadoras, escritoras, gestoras culturales, docentes e investigadoras exhortaron formalmente a que se incorporen las tres causales de exención de responsabilidad penal para la interrupción del embarazo en el Código Penal dominicano.
En una nota de prensa, la misiva, dirigida al presidente de la comisión legislativa, el diputado Wandy Batista, enfatiza que la discusión en torno a los polémicos artículos 110 y 111 supera los límites de lo estrictamente jurídico y médico. Para el sector cultural, se trata de un debate profundamente ético que apela a la empatía, la libertad, el cuidado y la responsabilidad colectiva ante la realidad de quienes enfrentan crisis de salud o personales de extrema gravedad.
"El arte y la cultura tienen la responsabilidad de contribuir a la construcción de una sociedad más empática, libre y respetuosa de la dignidad humana. Una legislación verdaderamente humana debe reconocer la complejidad de las experiencias de las mujeres, niñas y adolescentes y ofrecer respuestas compatibles con su dignidad´´, enfatizaron.
Extracto de la carta firmada por representantes del
sector cultural dominicano
Las tres
causales solicitadas al Congreso
El documento entregado al Poder
Legislativo solicita expresamente que el artículo 111 del Código Penal exima de
toda sanción penal la interrupción voluntaria del embarazo en tres escenarios
específicos:
Peligro de vida: Cuando la vida o la
salud de la mujer, adolescente o niña se encuentre en riesgo inminente.
Inviabilidad fetal: Cuando el feto
presente una condición médica incompatible con la vida fuera del útero.
Violación o incesto: Cuando la
gestación sea la dolorosa consecuencia de una agresión sexual, violación o
incesto.
Rechazo a vacíos legales en
el artículo 110
Además de las causales, los firmantes
manifestaron su firme respaldo a la modificación del artículo 110 con el fin de
eliminar la frase "fuera de la eximente del artículo 111".
A juicio del colectivo, la redacción
actual es ambigua y peligrosa, pues deja abierta la posibilidad de que existan
excepciones al aborto forzado, vulnerando de forma directa la autonomía, el
consentimiento informado y la integridad física y emocional de las
mujeres.
Un reclamo alineado con la
Constitución
Con este enérgico pronunciamiento, el
ámbito artístico y cultural dominicano se suma formalmente a las demandas de
diversos sectores civiles y sociales que exigen adecuar las leyes a estándares
de derechos fundamentales.
El colectivo concluyó recordando que
la verdadera protección al derecho a la vida es integral y debe ir de la mano
con salvaguardar la salud física y psicológica de las personas con capacidad de
gestar, una visión que —subrayan— armoniza perfectamente con las propuestas de
protección constitucional actualmente bajo el conocimiento del Tribunal
Constitucional.

.jpeg)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario