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miércoles, 15 de julio de 2026

Juristas solicitan modificar el Código Penal para incluir las tres causales del aborto



Un grupo de más de 70 profesionales del derecho deposita una propuesta para reformar los artículos 110 y 111, argumentando que la normativa vigente vulnera derechos fundamentales de las mujeres. 


                                Por Gregory Terrero Fecha 15/07/26
    

GT DIGITAL NEWS, SANTO DOMINGO. Un colectivo de más de 70 juristas depositó este miércoles una propuesta formal que solicita la modificación de los artículos 110 y 111 del Código Penal, con el objetivo de incorporar las tres causales que permiten la interrupción voluntaria del embarazo en circunstancias excepcionales.

La iniciativa busca que el aborto no sea penalizado cuando la vida o salud de la madre esté en riesgo, cuando exista incompatibilidad del feto con la vida, o cuando el embarazo sea el resultado de una violación o incesto.

Excepciones respaldadas por la Constitución

De acuerdo con los firmantes, la propuesta no solo responde a una necesidad de salud pública, sino que cuenta con un sólido sustento jurídico dentro de la Carta Magna del país. Los juristas afirman que proteger a las mujeres en estas circunstancias críticas está directamente alineado con las garantías fundamentales del Estado.

"Esperamos que sea tomado en cuenta porque estas son excepciones que están respaldadas por la Constitución Dominicana y por diversos derechos fundamentales como son el derecho a la salud, a la dignidad, a una vida libre de violencia y a la integridad de la persona". Manifestó Tamara Aquino, jurista.

Señalan inconstitucionalidad en el artículo 110

La propuesta hace especial hincapié en la redacción actual del artículo 110, señalando que la forma en que está tipificado el "aborto forzado" contiene disposiciones que contradicen los principios constitucionales al desplazar por completo la voluntad de la mujer en la toma de decisiones médicas.

De su lado,  la jurista Ángela Ramírez Guzmán advirtió que la normativa actual obliga a que la decisión final recaiga exclusivamente en el médico de turno, dejando de lado el consentimiento de la paciente.


"Esta disposición atenta contra los derechos de la mujer, contra su dignidad y contra el derecho a la salud", argumentó Ramírez Guzmán, reiterando la urgencia de reformar este artículo para garantizar que los derechos reproductivos y de salud de las mujeres sean plenamente respetados en el marco legal.

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