Se trata de un derecho adquirido con sentido social
Un derecho adquirido es aquel
que ha sido ganado conforme a la ley y que se incorpora de manera definitiva al
patrimonio jurídico de una persona. No se trata de una expectativa ni de una
concesión circunstancial, sino de una garantía que ofrece estabilidad y
seguridad frente a posibles arbitrariedades. En el ámbito laboral, estos
derechos se construyen con el tiempo y el trabajo continuo.
la República Dominicana está
consagrada en el Código de Trabajo como una obligación legal del empleador y un
derecho del trabajador cuando la relación laboral termina sin responsabilidad
de este. Es el reconocimiento del valor del tiempo servido y del aporte
realizado al desarrollo productivo.
No obstante, la cesantía no
debe verse únicamente como una compensación económica. La pérdida del empleo
representa una de las contingencias sociales más sensibles, ya que afecta de
manera directa la estabilidad económica y familiar del trabajador. En ese
escenario, la cesantía cumple una función protectora: permite enfrentar el
desempleo con un mínimo de respaldo.
Desde esta perspectiva, la
cesantía puede y debe entenderse como parte de la seguridad social. Su
finalidad es amortiguar el impacto del desempleo y preservar la dignidad del
trabajador en un momento de vulnerabilidad. Reconocerla así no altera su
naturaleza jurídica, sino que reafirma su sentido social.
Defender la cesantía es
defender un derecho adquirido y, al mismo tiempo, una expresión concreta de
justicia social. Es afirmar que el trabajo no solo genera ingresos, sino
derechos que deben proteger a la persona incluso cuando el empleo llega a su
fin.

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