GT DIGITAL NEWS, Santo Domingo. El Ministerio de Trabajo les recuerda a todos los empleadores, presentar ante la Dirección General de Trabajo (DGT), la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince dÃas del mes de enero de 2026.
En un documento de prensa, autoridades
informaron que de igual manera, recuerda que las Planillas de Personal Fijo se
renovarán anualmente y se depositarán ante la DGT a más tardar el dÃa 15 de
enero, de acuerdo a lo establecido en el artÃculo 15 del reglamento 258-93,
para la aplicación del Código de Trabajo. Para la renovación es imprescindible
actualizar los datos de la empresa y los establecimientos para poder continuar
con el registro del sistema.
En ese orden, indicaron que el
documento debe ser registrado a través de la siguiente dirección electrónica
https://ovi.mt.gob.do, procediendo a registrar sus trabajadores en el
establecimiento en que esté prestando sus servicios y una vez estén seguros de
que las informaciones contenidas en la planilla estén correctas, deberán
proceder a realizar el pago correspondiente por medio de una de estas dos vÃas:
a) realizar una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito, b)
adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y
proceder con el registro definitivo.
Para los registros de nuevas empresas
o empleadores, el procedimiento es el siguiente:
Primero: deben ingresar a la siguiente
dirección https: //ovi.mt.gob.do, presionar la opción de nueva empresa para
crear el usuario.
Segundo: una vez creado el usuario,
siguiendo los pasos del sistema, completará los datos de la empresa y
establecimiento.
Tercero: finalizado todo el registro
de los trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generará el
monto a pagar.
Cuarto: finalmente realizar el pago
mediante una de estas opciones: a) realizar una transacción electrónica con
tarjeta de crédito o de débito; b) adquirir un PIN en una de nuestras
Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.
Transcurrido el plazo de los primeros
quince dÃas de enero sin que el empleador haya cumplido con este mandato legal,
será susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el Código de
Trabajo.
Para mayor información deben
comunicarse con nosotros al correo electrónico sirla.info@mt.gob.do, o llamar a
los números 809-535-4404, opción 1, o a las extensiones 3004 a la 3005 y 3016.

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