El Convenio tiene el propósito que los nacionales portadores de pasaportes diplomáticos válidos de una parte están exentos del requerimiento de visado para la entrada, estadía, tránsito y salida en el territorio de la otra parte, por un período que no exceda los noventa días calendario.
El Acuerdo tiene por objeto que, los
nacionales, portadores de pasaportes diplomáticos u oficiales válidos emitidos,
por una parte, designados por su misión diplomática, oficina consular o misión
permanente ante un organismo internacional con sede u oficina en el otro
Estado, podrán entrar, transitar, permanecer temporalmente y salir del
territorio del país de la otra parte sin el requisito de visado.
De igual manera, fue aprobada la
resolución aprobatoria del Acuerdo sobre Exención de Visado para titulares de
pasaportes diplomáticos y oficiales entre el Gobierno de la República
Dominicana y el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania, firmado en Nueva
York, el 26 de septiembre de 2025, una iniciativa del Poder Ejecutivo.
El Convenio tiene el propósito que los
nacionales portadores de pasaportes diplomáticos válidos de una parte están
exentos del requerimiento de visado para la entrada, estadía, tránsito y salida
en el territorio de la otra parte, por un período que no exceda los noventa
días calendario.
También, los diputados aprobaron, en
primera discusión, el proyecto de ley que designa con el nombre Vicente Sánchez
Baret el Centro Cívico Provincial para oficinas gubernamentales de la provincia
Sánchez Ramírez, ubicado en la ciudad de Cotuí.

.jpeg)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario